PRIMERA PARTE. LA VÍCTIMA Y SUS DERECHOS
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¿Cuándo se considera que alguien es víctima?
Se considera víctima a cualquier persona o grupo de personas que sufrió un delito.
También se consideran víctimas a ciertos familiares de la persona que sufre un delito. -
¿Qué es un delito?
Un delito es un acto realizado contra la ley penal que te causa una lesión física y/o psicológica y daños o pérdidas a tu propiedad (tus cosas, dinero, auto, casa, moto, etc).
Hay muchos tipos de delitos y casi todo el mundo experimentará uno en algún momento de su vida.
Los delitos afectan a personas de todos los orígenes, lugares y edades.
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¿Cuáles son mis derechos si soy víctima de un delito?
Si sos víctima de un delito, tenés derecho a:
- Realizar la denuncia
- Que te informen quién es el juez y el fiscal que intervienen
- Recibir un trato digno que tenga en cuenta tus necesidades especiales (limitaciones físicas, sensoriales, diferencias religiosas, culturales, etcétera)
- Que se respete tu intimidad
- Que te informen con palabras sencillas desde el primer momento, todos tus derechos y obligaciones
- Informar un domicilio en el cual te lleguen todas las notificaciones o un teléfono de contacto donde ubicarte
- Que te escuchen antes de cualquier resolución que pueda poner fin al caso
- Que te informen de todas las resoluciones finales del caso y de tus opciones
- Que te notifiquen de las resoluciones que puedan afectar tus derechos
- Solicitar y obtener medidas de protección en caso de riesgo o amenaza para tu vida o integridad física
- Poder conocer qué es lo que pasa con tu caso y aportar elementos de prueba durante la investigación
- Recibir asistencia especializada para tu recuperación psíquica y física
- Que te devuelvan rápidamente las cosas que te secuestraron (dinero, auto, teléfono, etc.)
- Que se repare el daño que sufriste
SEGUNDA PARTE. DENUNCIAR UN DELITO
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Denunciar un delito
Si fuiste víctima de un delito, tenés que decidir si vas hacer la denuncia o no.
Es normal que dudes o que te preocupes por lo que sucederá después de que hagas la denuncia. Es probable que pienses que hacer una denuncia no tiene tanta importancia o quizás en el pasado tuviste alguna mala experiencia.
Tené en cuenta que la policía y los fiscales siempre deben poner tu seguridad en primer lugar.
Si denunciás un delito, es muy probable que la persona que lo cometió sea llevado a la justicia por lo que hizo. Tu denuncia es importante, porque podría prevenir otros delitos y también porque permite llevar estadísticas sobre delincuencia.
Si llamás al 911, probablemente un policía irá a tu casa. Cuando la policía llegue, dejalos pasar y contales qué pasó con la mayor cantidad de detalles que puedas. La policía puede ingresar por la fuerza en tu casa si tiene una sospecha razonable para creer que se está cometiendo un delito o si alguien corre peligro.
Es recomendable que anotes en un cuaderno, de manera lo más detallada posible, cómo fue el delito que te afecta. Es importante que anotes las fechas, los nombres y los lugares para no olvidarte.
En lo posible, anotá si había testigos y sus datos.
Estas anotaciones son muy importantes porque te servirán para refrescar tu memoria en caso de que te citen a declarar.
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¿Qué puedo hacer en una emergencia?
Si te encontrás en la escena de un delito, tené en cuenta que:
- Si el delito está ocurriendo en ese momento, o acaba de pasar, lo más importante es pensar en tu seguridad y en la de las personas que están con vos.
- Si la persona que cometió el delito todavía está ahí, tratá de no hacer nada para provocarlo, porque esto puede ponerte en mayor riesgo.
- Si podés, refugiate en un lugar seguro para solicitar la ayuda de emergencia
- Llamá al 911 y pedí ayuda. Si no podés, que lo haga alguien que tengas cerca. La línea es gratuita desde cualquier teléfono (fijo o móvil, podés llamar incluso si te quedaste sin crédito en tu celular) y funciona las 24 horas.
- Si sos víctima de violencia doméstica también podés llamar al 137, las 24 horas los 365 días del año.
- Cuando te atienda el servicio de emergencia, decile tu ubicación exacta o lo más cerca posible y explicale que necesitás ayuda urgente.
- Si vos estás lastimado o ves a alguien que lo está, decile esto a la persona que te atienda.
- Intentá mantenerte alerta y con calma para que la persona del servicio de emergencia pueda comprenderte y ayudarte.
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¿Dónde se puede denunciar un delito?
Cuando no estás en una situación de emergencia, podés dirigirte con tu Documento Nacional de Identidad y las pruebas que quieras aportar, a los siguientes lugares:
- Comisaría que corresponda al lugar donde se cometió el delito que querés denunciar. En la Ciudad de Buenos Aires, podés consultar qué comisaría te corresponde en: http://www.sistemaspfa.gob.ar/juris_web/index.html
- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal (Viamonte 1145, Planta Baja, CABA, de Lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs.)
- Para denuncias por hechos de corrupción e irregularidades de Funcionarios Públicos del Gobierno: Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (Pte. Perón 2455, 4º piso, CABA, Teléfono: 4959-5900, de Lunes a viernes de 9 a 15 hs.)
- Para denuncias por hechos de corrupción de funcionarios públicos: Oficina Anticorrupción (Tucumán 394, CABA, Teléfono: 5167-6400)
- Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires. fiscalias.gob.ar, telefónicamente al 0800-333-47225 o consultá la Unidad de Orientación y Denuncias más cercana a tu domicilio en https://www.fiscalias.gob.ar/presencial/
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¿Necesito un abogado para hacer la denuncia?
No necesitás presentarte con un abogado para hacer la denuncia.
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¿Qué ocurre cuando denuncio un delito?
Investigar delitos y proteger a la comunidad es el trabajo principal de la policía, pero también deben ayudar a las víctimas y a los testigos.
Si hiciste una denuncia, la policía te tiene explicar cuáles son los pasos a seguir. En caso de que no lo haga, pedí que te informen qué Juzgado o Fiscalía van a intervenir y cuál es el número de sumario (así se llama tu denuncia policial).
Tomá nota de todo eso y guardalo en algún lugar seguro, porque esos datos te van a servir para que puedas averiguar cómo sigue tu denuncia y también será más fácil en caso de que necesites contactar de nuevo a la policía o hacer algún reclamo.
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¿Dónde puedo obtener ayuda?
Podés comunicarte con el Centro Federal de Informaciones, de la Policía Federal Argentina. Funciona las 24 horas, los 365 días del año, llamando al 131 desde un teléfono fijo o al 3131 desde un celular.
El llamado es gratuito y funciona en Capital Federal y Gran Buenos Aires y tiene un gabinete de abogados y psicólogos que podrán darte asistencia. También, cuenta con un sistema integrado que permite que las personas que presenten disminuciones auditivas, puedan contactarse mediante mensaje de texto (mediante mensaje que podés enviar al 131).
Si hiciste una denuncia, hay diferentes centros de atención en los que podés recibir asistencia, según el caso:
- Centro de Atención a las Víctimas de Violencia Sexual
Dirección: Pasaje Peluffo 3981, CABA
Teléfono: 4981-6882 / 4958-4291 (24 hs.),
mail: Abusosexual@policiafederal.gov.ar
- Brigada Niños/as (contra la explotación sexual comercial de Niños, Niñas y Adolescentes)
Teléfono: 0800-222-1717 (24hs.)
- Oficina de Rescate y acompañamiento a personas damnificadas por el delito de trata
Teléfono: 5300-4014 Atención: 9 a 19 hs.
- Centro de Atención a la Víctima de la Policía Federal Argentina (para todo tipo de delitos)
Dirección: Las Heras 1855, 1º piso, CABA
Teléfono: 4801-2866/3529
Atención: Lunes y Viernes de 8 a 20, sábado 8 a 13 hs.
Email: orientacionvictima@policiafederal.gov.ar
- Oficina de Asistencia Integral a la Víctima del Delito (OFAVI, interviene en todo tipo de delitos brindando asesoramiento jurídico y psicológico)
Dirección: Pte. Perón 2455, 1º piso, CABA.
Teléfono: 4959-5900 int. 4 y 4959-5983 / 4951-0255 / 4952-9980 Atención: Lunes a viernes de 8 a 18 hs.
Email: ofavi@mpf.gov.ar
- Dirección General de Atención y Asistencia a la Víctima del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (para cualquier delito, brinda asesoramiento jurídico y psicológico)
Dirección: Cerrito 268 piso 8 CABA.
Teléfono: 4010-0300 / 5552-6500 int. 13201
Atención: Lunes a viernes de 10 a 18 hs.
Email: dgayavapriv@buenosaires.gov.ar
- Oficina de Asistencia a Víctimas y Testigos del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires (para delitos denunciados en fiscalias.gob.ar, telefónicamente al 0800-333-47225 o en una Unidad de Orientación y Denuncias de https://www.fiscalias.gob.ar/presencial/)
Direcciones: Bartolomé Mitre 1735 piso 4, Av. Paseo Colón 1333, Beruti 3345, Av. Cabildo 3067 piso 3
Teléfono: 5299-4440 de lunes a viernes de 9 a 16 horas
TERCERA PARTE. LA INVESTIGACIÓN
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¿Qué pasa después de la denuncia?
Cuando denunciás un delito, la policía va a informar tu caso al fiscal o al juez. La policía no decide el resultado del caso. El fiscal es el que va a determinar cómo sigue la investigación y el juez va a tomar las decisiones del caso.
Una vez que la fiscalía toma conocimiento del delito, se va a iniciar una investigación para buscar más pruebas. Esto no significa que duden de vos, sino que los investigadores intentarán encontrar otros elementos para evitar que sea tu palabra contra la de la persona imputada.
Hay distintos medios para probar un delito. Es muy probable que la policía vaya al lugar donde ocurrió el delito para poder entrevistarse con vecinos o testigos, sacar fotos, tomar huellas dactilares, etcétera.
Si te lastimaron en un ataque violento o sufriste un delito sexual, la policía te preguntará si estás de acuerdo con hacerte un examen médico. Es tu decisión, pero recordá que puede ser una oportunidad importante para obtener pruebas forenses que pueden ayudar a llevar al atacante a la justicia.
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¿Qué pasa una vez que el fiscal tiene la causa?
La primera etapa del proceso es la investigación o instrucción en la que van a intervenir un juez, un fiscal y un defensor de la persona a la que se le imputa el delito.
Durante esta etapa, se buscan las pruebas que sirvan para demostrar que el delito existió y quién lo cometió.
En este momento del proceso penal pueden realizarse distintas medidas de prueba, como llamarte a declarar para que cuentes todo lo que sucedió antes, durante y después del hecho, citar a los testigos, pedir las cámaras de seguridad de un lugar, hacer pericias, pedir informes, entre muchas otras.
Recordá que es muy importante que participes y cuentes todos los detalles, aportes fotografías, capturas de pantalla de su celular, constancias de atención médica y datos de posibles testigos.
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¿Me van a citar a declarar?
Como sos la víctima, los investigadores seguramente se van a contactar con vos para que declares qué te pasó y tener la mayor cantidad de información posible sobre el hecho que denunciaste.
En primer lugar, te van a solicitar tu documento, van a corroborar tu identidad, te van a preguntar tus datos personales y te van a tomar una declaración testimonial. Seguramente, te van a informar que en esa declaración no podés mentir. Tené en cuenta que mentir u ocultar información cuando declarás es un delito. Si no recordás algún detalle con exactitud, es importante que se lo digas a la persona que te está tomando la declaración.
Luego, te van a preguntar sobre el hecho que denunciás y todo lo que cuentes va a quedar escrito en un acta. Después de la entrevista, te van a pedir que leas el acta para que te fijes si es correcta. Leéla detenidamente. Recién una vez que controlaste todo, vas a tener que firmarla.
Si en la declaración ves que hay algún error o algo que no entendés, decíselo a la persona que hizo el acta, para que aclare tus dudas o lo corrija.
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¿Alguien me acompañará durante el trámite de la causa penal?
Vos sos la víctima en el proceso penal y es el fiscal del caso el que debe acompañarte y garantizarte las medidas de seguridad necesarias para tu protección.
En todo momento, tenés derecho a que te informe sobre el avance de tu caso. Podés pedir copias del expediente o de tu declaración.
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¿Puedo participar activamente en el caso?
Sí. Podés presentarte con un abogado y tener un rol más activo en el caso. A este rol se lo llama querellante.
Ser querellante significa que te presentás en una causa penal como la persona afectada por el delito y de ahí en más podés impulsar el expediente junto con el fiscal.
No es una obligación, pero podés hacerlo y muchas veces resulta positivo, porque nadie mejor que vos conoce qué pasó y podés controlar que se investigue correctamente.
Ser querellante también te permite pedir que se revisen las decisiones que no te sean favorables, ir a las audiencias, producir pruebas, que te notifiquen de todos los actos importantes y acusar en el juicio oral.
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¿Qué pasa cuando la investigación se termina?
Cuando se termina la investigación el fiscal puede tomar diferentes caminos:
- Si no logró conseguir pruebas suficientes o nunca atrapó al acusado, puede pedir la finalización del caso.
- Si existen pruebas suficientes para acusar formalmente a la persona denunciada por el delito cometido en tu contra, llevará el caso a juicio oral.
- En determinados casos, puede pedir que se suspenda el juicio y hacer un acuerdo con el imputado para que cumpla determinada reglas de conducta (por ejemplo, hacer trabajos comunitarios, tomar algún curso, hacer una donación, etc.) y te repare por el delito que sufriste.
- Puede hacer un acuerdo con el imputado para que se declare culpable y sea condenado por los jueces sin ir a juicio oral y público.
En algunos casos que determina la ley, vos como víctima también tenés la opción de llegar a un acuerdo con el imputado.
CUARTA PARTE. EL JUICIO ORAL
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¿Qué es el juicio oral?
El juicio oral es el momento en que el fiscal intenta probar el delito frente a los jueces (puede ser un solo juez o tres). En algunas provincias, la decisión del caso la toma un jurado de ciudadanos. El defensor se ocupa de defender al imputado.
El juicio se realiza en una sala de audiencias y es público (es decir que puede asistir cualquier ciudadano), salvo que para proteger la intimidad de alguien o por cuestiones de seguridad, los jueces decidan que el juicio se realice a puertas cerradas. Esto no suele suceder.
Durante el juicio, el fiscal y el defensor presentan sus pruebas. Al final del juicio el fiscal y el defensor explican sus posiciones, los jueces o los jurados se reúnen a deliberar sobre el caso y finalmente dan a conocer su decisión o veredicto.
Si buscás más información sobre el juicio por jurados, podés consultar en nuestra página www.ecla.org.ar
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¿Voy a tener que declarar en el juicio?
Cuando el caso llega a juicio es muy probable que te citen a declarar nuevamente.
Hay situaciones en que el imputado se declara culpable sin ir a juicio porque hace un acuerdo con el fiscal. En estos casos seguramente no te llamen a declarar porque los jueces dictarán la sentencia teniendo en cuenta toda la información del expediente.
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¿Qué pasa si me llega una citación para declarar en el juicio?
En ese caso, te tenés que presentar en el lugar y en el horario indicado en la citación, con tu documento nacional de identidad (DNI)
Si no lo hacés, los jueces pueden ordenar que la policía te traslade por la fuerza a los tribunales. Para evitar esta situación, si no podés presentarse por motivos serios el día y la hora indicados, comunicate de forma urgente con el tribunal para informarlo.
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¿Cómo me preparo para declarar?
Antes del juicio, el fiscal puede coordinar con vos una entrevista para explicarte qué puede pasar el día del juicio y también podría llevarte a conocer la sala de audiencias para evitarte los nervios de ingresar en un lugar desconocido.
En este momento podés llevar y consultar tus anotaciones para ayudar a tu memoria.
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¿Cómo es la declaración en el juicio oral?
El día del juicio, seguramente te van a hacer esperar en un lugar especial separado de los otros testigos y del imputado hasta que llegue tu turno de declarar.
Cuando empiece la declaración, uno de los jueces te va a tomar un juramento y te va a explicar que no podés mentir. Si se comprueba que mentís, te pueden denunciar por el delito de falso testimonio. Es entendible que pasado cierto tiempo, no recuerdes con precisión qué sucedió el día del hecho. Eso es absolutamente comprensible y no significa que estés mintiendo.
Una vez que el juez te tomó el juramento, el fiscal te hará preguntas, y vos deberás responder. Tomate tu tiempo y contestá con cuidado y sinceridad. No te preocupes si dudás antes de responder. Si no entendés la pregunta, pedí que te la repitan. Si no sabés o no recordás la respuesta, decí que no sabés o no recordás.
Cuando el fiscal termine de preguntar, comienzan las preguntas del abogado defensor. Puede que sus preguntas te resulten más hostiles o te incomoden.
El abogado defensor podría cuestionar lo que decís y tratar de hacer tu historia menos creíble. Debes responder a las preguntas, salvo que el juez decida que no tenés que contestar.
Respondé a cada pregunta con sinceridad, claridad y lo más completa posible. Tratá de no dar más información de la que se te pide.
Después de que termines de declarar, podés salir de la sala o quedarte a escuchar lo que suceda.
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¿Cómo finaliza el juicio?
El juicio termina con la decisión final de los jueces o los jurados. Esta decisión puede ser:
- Absolver a la persona imputada, es decir, declarar que no es culpable.
- Condenar a la persona imputada, es decir declarar que es culpable
En caso de condena, los jueces van a imponer al acusado una pena que puede ser de prisión, multa o inhabilitación (impedirle que realice una determinada actividad). El tipo de pena es diferente de acuerdo a cada caso.
Si la condena es de prisión, el acusado no necesariamente irá a la cárcel. Esto va a depender de la gravedad del delito. Los jueces pueden decidir que el condenado quede en libertad pero que tiene que cumplir ciertas condiciones específicas por determinado tiempo.
También es posible que si el acusado estuvo durante el juicio en libertad, no vaya a la cárcel hasta que su condena quede firme (es decir hasta que se le terminen todas las posibilidades de revisión de la sentencia).
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¿Puedo reclamar daños y perjuicios en el juicio oral?
Si. Podés iniciar un reclamo civil dentro del juicio penal para buscar tu reparación económica o indemnización por el delito que te afectó. En estos casos necesitás un abogado.
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¿Dónde puedo conseguir ayuda?
PATROCINIOS JURIDICOS GRATUITOS
En los siguientes lugares podrás encontrar asesoramiento jurídico de abogados especialistas que te informarán y asesorarán de manera gratuita:
- Palacio de Tribunales. Centro de Formación Profesional Talcahuano 550, 8o piso. Ciudad de Buenos Aires Lunes, martes, jueves y viernes de 8 a 18 hs 4371-7679 / 4371-2861 / 4371-1340
- Centro de Información Social, Asesoría Legal y Popular (C.I.S.A.L.P.) Piedras 482 4o“M” Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 16 hs 4342-0615 / 4331-9331
- Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (A.P.D.H) Callao 569 3er cuerpo. Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 18 hs 4374-4382 / 4373-0397 / 4374-8594
- Centro de Estudios Legales y Sociales (C.E.L.S.) Piedras 547. Dto 1 Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 18 hs 4334-4200
- Secretaría de Desarrollo Económico del Gob. de la Ciudad de Buenos Aires, Defensa del Consumidor Esmeralda 340 Ciudad de Buenos Aires Lunes y Jueves de 10 a 12 hs 4326-3729
- CELS-CAREF Asociación Civil (Comisión Argentina para los Refugiados) J. B. Alberdi 2240 1o piso Ciudad de Buenos Aires Lunes y jueves de 16 a 18 4613-6162
- Sede del Colegio de Abogados de San Martín Moreno 4108 (Comisión Derecho Civil) Moreno 4108(Comisión Derecho Civil). Ricardo Balbín 1750 (Comisión Derecho Penal) San Martín, Provincia de Buenos Aires Comisión Derecho Civil: martes y viernes de 8 a 10 hs y lunes y jueves de 18 a 20 hs. Comisión Derecho Penal: lunes y jueves 8 a 10 hs 4713-6407
- Sede del Colegio de Abogados de San Isidro Martín y Omar 339. San Isidro Provincia de Buenos Aires Comisión Derecho Penal: lunes y jueves de 8 a 10 hs Comisión Derecho Civil: martes y viernes de 8 a 10 hs 4732-0303
- Sede San Miguel Universidad de Gral. Sarmiento. Julio A. Roca 850. San Miguel, Provincia de Buenos Aires Lunes y jueves de 14 a 16
- Sede Zárate-Campana French 222 Lunes y jueves de 16 a 19
- Sede Moreno Padre Varvello 4800 (esq. Roma) Paso del Rey Lunes y jueves de 16 a 18 hs
- C.U.D. Bermúdez 2651. Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 15 a 18 hs 4566-8710
- C.G.P. N° 3 / cgp03buenosaires.gov.ar Suárez 2032. Ciudad de Buenos Aires Lunes y jueves de 16 a 18 4307-0774
- C.G.P. N° 5 / cgp05buenosaires.gov.ar Del Barco Centenera 2906 Ciudad de Buenos Aires Martes y jueves de 16 a 18 4918-8920 int. 311
- Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Uruguay 412, 2 piso. Ciudad de Buenos Aires Asesoramiento Civil: Entrega de números de lunes a viernes a las 8:30. Atención a partir de las 10:00 horas Asesoramiento Penal: Entrega de números los martes y jueves a las 13. Atención a partir de las 14 horas Asesoramiento previsional: Entrega de números los miércoles a las 13 horas. Atención a partir de las 14 4379-8700 interno 249